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Educación: Un «coladero» para el fraude

Educación: Un «coladero» para el fraude


Un «coladero» para el fraude
Asamblea de padres de alumnos no admitidos en centros concertados el pasado mes de mayo
TEXTO: M. B. FOTO: ARCHIVO

http://sevilla.abc.es/20060729/sevilla-sevilla/coladero-para-fraude_200607290626.html

SEVILLA. La normativa que regula los criterios y el procedimiento de admisión del alumno en los centros concertados (decreto autonómico 77/2004 de 24 de febrero y la Orden de la Consejería de Educación de 25 de marzo de 2004) tiene demasiados agujeros que facilitan el fraude en la presentación de solicitudes de plazas, a la vista de los resultados de la últimas inspecciones de la Consejería de Educación y Ciencia. Por el contrario, los padres que presentan alegaciones por presunto fraude en las listas tienen que superar una carrera de obstáculos que exige tiempo, dinero y mucha paciencia.
Los problemas comienzan para esos padres cuando los colegios concertados se niegan a entregar los expedientes de los solicitantes. La citada normativa no establece la obligación de los colegios concertados de entregar a los padres que recurran los expedientes para poder formular con exactitud sus alegaciones. En el momento de la recogida de expedientes y del primer período de alegaciones, los colegios realizan un procedimiento que realmente compete a la Junta y, por tanto, actúan por delegación de la Administración, razón por la que deberían entregar los expedientes a los padres que recurran, lo que evitaría que las investigaciones policiales tuvieran que demorarse hasta casi el comienzo del curso escolar.
Por otra parte, el decreto no penaliza el fraude, por lo que los padres que presuntamente mienten sobre su domicilio, renta o enfermedad crónica de su hijo no tienen nada que perder, salvo la plaza escolar que solicitan. Cuando la Junta descubre el fraude lo que hace es rebaremar al alumno, restándole los puntos que se le sumaron indebidamente (8 por domicilio familiar o laboral, 0,5 por enfermedad crónica o de 0,5 a 2 puntos por falta de ingresos). Se da el caso de familias que lograron presuntamente en años anteriores escolarizar a sus hijos con domicilios falsos y aunque se les quite los 8 puntos por residencia familiar, terminan obteniendo la plaza porque tienen, por ejemplo, 8 puntos o más por hermanos en el colegio, familia numerosa y renta.
En cuanto al domicilio, se ha demostrado que el certificado de empadronamiento no es suficiente para demostrar que realmente la familia vive en esa dirección. En este sentido, cabe destacar la facilidad con que los ayuntamientos facilitan los empadronamiento sin comprobación alguna, dándose el caso de que hay domicilios en los que están empadronados tres familias. Los titulares de colegios concertados pueden recabar de los solicitantes la documentación complementaria para justificar las situaciones y circunstancias alegadas, pero lo cierto es que pocos se «mojan». La actuación de la Policía Local para desenmascarar este fraude en los últimos años deja mucho que desear. Que se puede acabar con este fraude lo ha demostrado este año la Policía Autonómica con sus investigaciones.
En cuanto al domicilio laboral, la normativa no exige que los padres presenten documentación que lo demuestre, como es la nómina o un TC1 o TC2 de la empresa. Muchos padres simulan contratos laborales y lo único que entregan es un papelito firmado por el representante de una empresa que asegura que esa persona trabaja allí. No son pocos los casos de amigas que se hacen el favor de firmarse papeles diciendo que trabajan como empleadas de hogar en la casa de la otra, sin tampoco aportar ningún documento que demuestre que se está dada de alta en ese régimen especial de la Seguridad Social. Los trabajadores por cuenta propia lo tienen más fácil aún: lograr un alta censal en el municipio (modelo 036).
El apartado del decreto de escolarización referido a la «renta de la unidad familiar», que otorga entre 0,5 y 2 puntos, deja también muchas puertas abiertas al fraude. Para empezar, nada dice del patrimonio. De modo que una unidad familiar puede tener 6 millones de euros de patrimonio que si no declara ingresos un año concreto, puede obtener hasta dos puntos por falta de ingresos. Por otra parte, los asalariados difícilmente pueden cometer fraude, pero los empresarios o trabajadores por cuenta propia pueden hacer filigranas. Basta con no declarar ingresos dos años antes a la presentación de la solicitud. Lo mismo ocurre con quienes tienen empresa con pingües beneficios, pero no reparten dividendos. Algunas familias consiguen obtener puntos por renta presentando una solicitud de plaza escolar en la que sólo figura el nombre de un cónyuge, precisamente el que no tiene ingresos.
Las enfermedades crónicas han sido otro agujero. Niños repentinamente enfermos acceden a 0,5 puntos por una enfermedad crónica con solo un volante de urgencias de la Seguridad Social o un certificado médico.

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